jueves, 6 de marzo de 2014

Bolsas de Trabajo en las categorías de Monitor/a y Cuidador/a en Ecija

Se convoca proceso de selección de personal laboral temporal para atender  las  sustituciones  del personal por incapacidad temporal, permisos y licencias, vacaciones, acumulación de tareas y cualquiera de otros supuestos que exijan una nueva contratación por sustitución del personal que viene prestando los servicios en los puestos de atención directa de los Centros del Organismo Autónomo Local Prodis.
 
El proceso de selección se realizará mediante creación de una Bolsa de trabajo para la contratación del personal laboral temporal.

Las categorías convocadas y la titulación exigible son las siguientes:

CATEGORÍA
TITULACIÓN
MONITOR
Formación Profesional Grado Superior de Técnico Superior en Educación Infantil o de Técnico Superior en Integración Social o título de Bachillerato
CUIDADOR
Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería o Técnico/a  de Atención Socio -Sanitaria


Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes bolsas de trabajo en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para las plazas a las  que se opte, se dirigirán al Sr. Presidente del Organismo Autónomo “Patronato Municipal para la Atención a las Personas con Discapacidad de Écija y su Comarca PRODIS”, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Écija, o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de diez días naturales (10) contados a partir del día siguiente al de la última publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Organismo Autónomo aludido o en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Écija.

La solicitud deberá ir acompañada por:

-  Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, Pasaporte.
-      Fotocopia del Permiso de Conducir B-1.
-      Fotocopia de la Titulación académica exigida.
-    Fotocopia acreditativa de la experiencia y formación profesional que se pretenda hacer valer como méritos. La acreditación de la experiencia y formación se acreditará en la forma establecida en la Base Sexta. Se valorará exclusivamente la documentación aportada. No se tendrá en cuenta aquellos méritos que no estén acreditados documentalmente.
-     Autobaremación.

La documentación se presentará grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citan las exigencias de méritos en el baremo contenido en la convocatoria.


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